1. Marco normativo
El presente Canal Ético se establece en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, así como del Sistema Interno de Información implantado por Legalair Abogados S.L.
El Canal Ético constituye un mecanismo confidencial puesto a disposición de quienes deseen comunicar conductas que puedan suponer una infracción normativa, una contravención de los principios deontológicos o una vulneración del Código Ético del despacho.
2. Ámbito subjetivo
Podrán utilizar el Canal Ético, en los términos previstos en la Ley 2/2023, las siguientes personas:
- Empleados, socios y colaboradores de Legalair Abogados S.L.
- Becarios, voluntarios y personas en prácticas, remuneradas o no.
- Personas candidatas que hayan participado en procesos de selección.
- Antiguos empleados o colaboradores cuya relación con el despacho haya finalizado.
- Clientes, proveedores, contratistas, subcontratistas y cualquier persona que mantenga una relación profesional con el despacho.
3. Ámbito objetivo
A través del Canal Ético podrán comunicarse, entre otras, las siguientes situaciones:
- Actos u omisiones que puedan ser constitutivos de infracciones del Derecho de la Unión Europea.
- Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave.
- Conductas contrarias a los principios deontológicos de la abogacía.
- Vulneraciones del Código Ético, los protocolos internos o los compromisos asumidos por Legalair Abogados S.L.
- Situaciones de acoso, discriminación o cualquier otra contraria a la dignidad de las personas.
4. Garantías del informante
Legalair Abogados S.L. garantiza al informante, en todo caso:
- Confidencialidad: la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado en la comunicación se tratará de forma reservada y no se revelará sin su consentimiento, salvo cuando exista obligación legal en el marco de un procedimiento judicial o administrativo.
- No represalia: queda prohibida cualquier represalia, amenaza o intento de represalia, directa o indirecta, contra las personas que presenten una comunicación al amparo del Canal Ético.
- Protección de datos personales: los datos serán tratados conforme al RGPD y a la Ley Orgánica 3/2018, exclusivamente con la finalidad de gestionar la comunicación recibida.
- Posibilidad de comunicación anónima: el sistema admite comunicaciones anónimas que se gestionarán igualmente con sujeción a las garantías legales.
5. Canal de comunicación
Las comunicaciones podrán remitirse a través de los siguientes medios:
- Correo electrónico: canaletico@legalair.es
- Correo postal en sobre cerrado dirigido al Responsable del Sistema Interno de Información: Legalair Abogados S.L., Canal Ético — Confidencial, Calle Alaró 12, 28033 Madrid.
6. Procedimiento
- Recepción. Recibida la comunicación, el Responsable del Sistema Interno de Información acusará recibo en un plazo máximo de siete días naturales, salvo que dicho acuse pueda comprometer la confidencialidad del procedimiento.
- Admisión a trámite. Se valorará si la comunicación reúne los requisitos exigibles y, en su caso, se solicitará información complementaria.
- Investigación. Se llevarán a cabo las actuaciones necesarias para esclarecer los hechos, respetando en todo momento el derecho de defensa y la presunción de inocencia.
- Resolución motivada. Se adoptará una resolución sobre la comunicación en un plazo máximo de tres meses desde su recepción, ampliable a seis meses en casos de especial complejidad.
- Cierre y archivo. Se conservará la documentación durante el tiempo necesario para acreditar el funcionamiento del sistema y, como máximo, durante el plazo previsto en la Ley 2/2023.
7. Responsable del Sistema Interno de Información
Legalair Abogados S.L. ha designado un Responsable del Sistema Interno de Información que ejerce sus funciones con plena autonomía e independencia. La identidad del responsable se comunica internamente y se podrá conocer mediante solicitud dirigida al despacho a través del canal indicado.
8. Canales externos
Sin perjuicio del Canal Ético interno, el informante podrá dirigirse en cualquier momento a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.), así como a las autoridades autonómicas competentes, en los términos previstos en la Ley 2/2023.
9. Buena fe del informante
El uso del Canal Ético deberá realizarse de buena fe. Las comunicaciones realizadas conscientemente con información falsa o tergiversada podrán dar lugar a las consecuencias previstas en la legislación aplicable.
Última actualización: mayo de 2026 ← Volver al inicio